Cuba emitió este viernes un decreto inherente a las contravenciones de la medicina veterinaria, el cual tiene en cuenta las infracciones en materia de sanidad animal, las medidas a imponer a quienes infrinjan lo establecido y la autoridad facultada para imponerlas, así como las vías de solución de inconformidades.
La Gaceta Oficial de la República publicó el Decreto 20 Contravenciones de la Medicina Veterinaria, rubricado por el primer ministro, Manuel Marrero, y Gustavo Rodríguez Rollero, titular del Ministerio de la Agricultura. El mismo se aplica a las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, y resulta de obligatoriedad en todo el país,
Las multas a los infractores oscilan entre los 500 y los 3 500 pesos o su equivalente en pesos convertibles, según la gravedad de los hechos en que estos incurran.
El Decreto prevé, asimismo, el decomiso de animales y productos, la retención, desactivación o reembarque y el retiro de la Licencia Sanitaria Veterinaria. A quienes provoquen situaciones de estrés, daño físico o maltrato que atente contra la salud y el bienestar de los animales de cualquier especie, categoría o propósito, se les aplicarán las medidas correspondientes.
Las irregularidades incluyen todo lo relacionado con la bioseguridad, además la falta de licencia sanitaria veterinaria o desactualización de la misma, así como las infracciones relativas a la importación o la exportación de animales, productos y materias primas de ese origen.
La severidad de las medidas caerá, igualmente, sobre quienes ejerzan la medicina veterinaria sin la consabida inscripción en el Control Administrativo de Doctores en Medicina Veterinaria y Medicina Veterinaria y Zootecnia.