Audio: Eglis Arévalo Ayarde
El Consejo de Estado de la República de Cuba decidió aprobar la extensión del plazo otorgado para el cambio del peso convertible (CUC) por pesos cubanos, como parte de la actualización económica del país.
La disposición se encuentra recogida de manera legal en el Decreto-Ley No. 37, publicado en la Gaceta Oficial de este lunes y que modifica al Decreto-Ley No. 17, “De la implementación del proceso de Ordenamiento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020.
De esta manera, el plazo para el canje en instituciones bancarias, a una tasa de cambio de veinticuatro pesos cubanos por un peso convertible, se extiende a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de este texto, el próximo 1 de julio.
Ese propio día, el CUC deja de tener aceptación en las tiendas y establecimientos antes autorizados a recibirlos, por haber transcurrido el plazo de ciento ochenta días para ello dispuesto en el Artículo 3.2 del Decreto-Ley 17.
La situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en el país y el mundo ha impedido que todas las personas efectuasen los canjes de pesos convertibles en su poder y esa ha sido la principal razón para aprobar la prórroga, se describe en la resolución.