Aclaración del Ministerio de Trabajo sobre las medidas laborales, salariales y de seguridad social en la fase de transmisión comunitaria por COVID-19

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicó un documento donde aclara las medidas laborales, salariales y de Seguridad Social en la fase de transmisión comunitaria, en la que se encuentra Cuba desde el pasado 29 de junio debido a los elevados niveles de contagio.

De las medidas.- Dirigido a los jefes de órganos, organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones superiores de Dirección Empresarial, de entidades nacionales, gobernadores y el Intendente del Municipio Especial Isla de la Juventud, el texto precisa:

Más de 11 000 jóvenes se incorporan al trabajo

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
De las medidas. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Los trabajadores que por disposición de la autoridad sanitaria estatal sean decretados en aislamiento preventivo en un centro de salud u otro destinado a tales fines, reciben durante ese período una garantía salarial equivalente al 50% del salario promedio de los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha del ingreso en dichos centros.
  • Los trabajadores que son declarados interruptus por motivo de las medidas adoptadas por la autoridad competente para el enfrentamiento a la covid-19, así como la madre, padre o familiar —que en su condición de trabajador esté encargado del cuidado del menor al que se le suspenda la escuela en la educación primaria o especial y no pueden asistir al trabajo—, se les paga en el primer mes el 100% del salario básico y a partir del segundo mes, el 60%.
  • En el caso que el 60% del salario sea inferior a 1 528 pesos que es el costo definido para la adquisición de la canasta de bienes y servicios de referencia se pagará este monto al trabajador aunque representa un porciento superior al 60%.
  • Igual tratamiento se aplica a las madres, padres o familiares que, en su condición de trabajador, adopte la decisión de no utilizar el servicio de círculo infantil o del “Asistente para la atención educativa y de cuidado de niños”, así como las madres que al vencimiento de la prestación social por maternidad decidieron acogerse a la licencia complementaria por maternidad no retribuida o renuncien a ella durante su disfrute por resultar imposible su incorporación y no tener otro familiar que pueda cuidar de su hijo.
  • Mantener la protección mediante el subsidio por enfermedad de origen común a los trabajadores que se enfrentan con la covid-19.
  • Se suspende el otorgamiento de nuevas autorizaciones para el ejercicio del trabajo por cuenta propia.
  • Prorrogar mientras se mantenga la situación epidemiológica la validez de la certificación emitida por el Centro de Certificación de Equipos de Protección Personal, subordinado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Las solicitudes que se encuentran en tramitación continúan hasta su conclusión, mientras las nuevas solicitudes de aprobación y su documentación se recepcionan por la vía del correo electrónico.
  • Prorrogar mientras se mantenga la situación epidemiológica el permiso de trabajo concedido a los extranjeros para trabajar en Cuba y suspender los trámites para nuevas solicitudes. Los permisos de trabajo que se encuentran en tramitación continúan gestionándose hasta su conclusión.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ante los elevados niveles de contagio, Cuba decreta la fase de transmisión comunitaria

Tras la decisión del país de pasar a todas las provincias a la fase de transmisión comunitaria de la etapa epidémica, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ofreció aclaraciones sobre la aplicación de medidas laborales, salariales y de seguridad social en este momento de enfrentamiento a la pandemia, según publica ese organismo del Estado en su página web.

En tal sentido, los trabajadores que por disposición de la autoridad sanitaria estatal se les decrete su aislamiento preventivo en un centro de Salud u otro destinado a tales fines, recibirán en ese periodo una garantía salarial equivalente al 50 % del salario promedio de los 12 meses inmediatos anteriores al ingreso en dichos centros.

Sobre los trabajadores que sean declarados interruptos por las medidas adoptadas por la autoridad competente para el enfrentamiento a la COVID-19, así como la madre, el padre o familiar que, en su condición de trabajador, esté encargado del cuidado del menor al que se le suspenda la escuela en la educación primaria o especial, y no pueda asistir al trabajo, se le pagará el primer mes, el 100 % del salario básico, y a partir del segundo mes, el 60 %.

Se aclara que, en el caso de que el 60 % del salario sea inferior a 1 528 pesos, que es el costo definido para la adquisición de la canasta de bienes y servicios de referencia, se pagará este monto al trabajador, aunque represente un porciento superior al 60.

También se establece que igual tratamiento se aplica a las madres, padres o familiares que, en su condición de trabajadores, adopten la decisión de no utilizar el servicio del círculo infantil o del asistente para la atención educativa y de cuidado de niños, así como las madres que, al vencimiento de la prestación social por maternidad, decidan no acogerse a la licencia complementaria por maternidad no retribuida o renuncien a ella durante su disfrute, por resultar imposible su incorporación y no tener otro familiar que pueda cuidar de su hijo.

El documento, firmado por la titular del sector, Marta Elena Feitó Cabrera, establece mantener la protección mediante el subsidio por enfermedad de origen común a los trabajadores que se enferman con la COVID-19.

Se suspende el otorgamiento de nuevas autorizaciones para el ejercicio del trabajo por cuenta propia, así como los trámites de las pensiones por edad e invalidez total de la seguridad social, y las reclamaciones por inconformidades con lo resuelto en primera instancia por el director provincial; se mantienen solo los trámites de pensión por muerte.

Además, se prorroga, mientras se mantenga la situación epidemiológica, el permiso de trabajo concedido a los extranjeros para trabajar en Cuba y se suspenden los trámites para nuevas solicitudes, en tanto se indica que los permisos de trabajo que se encuentran en tramitación continúan gestionándose hasta su conclusión.

Por otra parte, Marino Murillo Jorge, jefe de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo de los Lineamientos, destacó este jueves en Twitter que continúa «la atención sistemática, por el sistema de asistencia social, a núcleos familiares vulnerables. Actualmente se protegen 167 314 núcleos. El 92 % recibe prestaciones monetarias y el 8 % servicios y recursos. En Cuba socialista nadie quedará desamparado», puntualizó.

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