Ley No.128/2019 de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Por: Giselle Méndez Hernández
Santiago de Cuba tiene historias entretejidas a la imagen de los símbolos nacionales. Así como no existe una calle por la que no haya pasado nunca un héroe – certeza del poeta Waldo Leyva – no hay santiaguero que no guarde un recuerdo de su infancia bajo el gorro frigio de la Plaza de Marte, ubicado en la cima de un monumento erigido a la independencia en ese céntrico parque.

Los niños de la ciudad retozan bajo su guarda en las tardes de fines de semana, donde el emblemático accesorio – usado en la antigüedad para ser llevado por los hombres que obtenían la libertad – parece que pende del cielo como un guardián de la soberanía conquistada, a costa de mucha sangre vertida en los campos cubanos.

Es por eso que un gorro frigio rojo sobresale en el Escudo Nacional de Cuba, con una estrella blanca en el centro que representa el estado libre, independiente y soberano que es hoy. Esa misma estrella brilla en la Bandera Nacional e iluminó el camino de los que por primera vez entonaron el Himno de Bayamo, que convocó a la lucha monte adentro y machete en mano por la aspiración a esa libertad en 1868.

Los restos de Carlos Manuel de Céspedes, Padre de la Patria, iniciador de esa gesta independentista, se encuentran en un hermoso mausoleo en el cementerio Santa Ifigenia de Santiago de Cuba; allí permanecen izadas, para orgullo de los cubanos de esta parte de la Isla, la Bandera Nacional y una réplica de la que enarboló el patriota el 10 de Octubre de 1868.

La fecha aparece grabada en una de las tarjas que rodea el monumento coronado por el gorro frigio en la Plaza de Marte, como un recordatorio perenne de la historia de la Patria a los transeúntes de la ciudad. 

Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Ley, Símbolos Patrios y Atributos Nacionales de la República de Cuba

Todos los niños de Santiago de Cuba han transitado al menos una vez por la Plaza de Marte. De la mano de sus padres atravesando el parque, entre risas y juegos con amigos en ratos de distracción o junto a sus maestros durante los actos culturales frecuentes en ese escenario público, ha ocurrido para muchos infantes de la urbe el primer acercamiento a los símbolos nacionales: la bandera de la estrella solitaria, el Himno de Bayamo y el escudo de la palma real, conforme se establece en el Artículo 2 de la Ley No.128/2019: Ley de los Símbolos Nacionales de la República de Cuba.

La misma fue aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la sesión ordinaria del 13 de julio de 2019, correspondiente al Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la Novena Legislatura. Aparece publicada en la Gaceta Oficial No.71, del 19 de septiembre de 2019, y comenzó a regir desde el año 2020.

La norma jurídica vigente derogó la Ley No.42 de los Símbolos Nacionales, de 27 de diciembre de 1983, así como el Decreto No.143 Reglamento de la Ley de los Símbolos Nacionales, de 13 de abril de 1988, del Consejo de Ministros, abriendo paso a la disposición y puesta en vigor de nuevas reglamentaciones referentes a los símbolos nacionales de la República de Cuba.

El contenido de la Ley interesa a todos los cubanos, y en especial a los moradores de Santiago de Cuba, única ciudad de la Isla mencionada en el contenido del cuerpo legal, por su condición de Ciudad Héroe que guarda, además, los restos del Héroe Nacional José Martí, cuya urna funeraria permanece cubierta por la Bandera Nacional, en el mausoleo del cementerio Santa Ifigenia consagrado a este cubano excepcional.

Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Ley de los Símbolos Nacionales y la responsabilidad compartida

El Estado, la escuela, la familia y los medios de comunicación: responsabilidad compartida en el conocimiento e implementación de la Ley de los Símbolos Nacionales

La nueva Ley favorece mayor presencia de los símbolos nacionales en la sociedad así como en los espacios virtuales, ante la guerra simbólica que se recrudece contra Cuba desde los centros hegemónicos de poder con la intención de desacreditarla, cuestionando sus principios, fundamentalmente en el escenario digital.

Las iniciativas para lacerar la cultura nacional en este contexto, están principalmente dirigidas a las nuevas generaciones, de ahí que la Ley adjudique un rol preponderante a las instituciones escolares en la enseñanza de los contenidos relacionados con los símbolos patrios.

En Santiago de Cuba, jóvenes de la Universidad de Oriente incorporados a la tarea Educando por Amor, tienen en sus manos la labor de profundizar en el significado de los símbolos nacionales, desde su apoyo a los procesos de educación en niveles de enseñanza precedentes, donde han comenzado a insertarse como profesores a partir de este curso escolar 2023, subrayó Cynthia Ibatao Ruiz, miembro del Consejo de la Federación de Estudiantes Universitarios (FEU) de la Universidad de Oriente y Vanguardia Integral de esta organización a nivel nacional.

En este sentido, la Ley establece como obligatoriedad para los organismos responsabilizados con la formación integral de las nuevas generaciones, incorporar a sus planes de estudio la educación en el conocimiento y respeto de los símbolos, reforzando la responsabilidad de educadores y personal no docente para que los estudiantes conozcan lo establecido en cuanto a los honores que se les deben.

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A propósito, la joven universitaria del Alma Máter Oriental ubicada en Santiago de Cuba, observó que además de la escuela, la familia necesita asumir una postura más activa y comprometida con el acercamiento a la historia que representan los símbolos nacionales, y con el fomento de los valores y sentimientos patrios que ellos despiertan.

La estudiante de cuarto año de Periodismo, de Santiago de Cuba, recalcó asimismo las potencialidades de los medios de comunicación para difundir el contenido de la Ley, en pos de lograr su aprehensión paulatina en la consciencia y la práctica social de cada cubano.

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En este sentido, es vital el Artículo 72, que responsabiliza a los medios de comunicación social con la creación y desarrollo de estrategias comunicacionales que permitan difundir con sistematicidad el contenido de la norma, a fin de promover el respeto y veneración de los cubanos hacia los símbolos nacionales, el conocimiento de las características que los identifican, su correcto uso y conservación.

Justamente, la Ley contempla la responsabilidad compartida en el propósito de lograr una mayor educación del pueblo en el conocimiento de los mismos, para lo cual atribuye: a las entidades del Estado, la obligatoriedad de llevar a cabo acciones dirigidas a fomentar el dominio de las principales regulaciones para su uso y una conducta de respeto a estos (Artículo 70).

A la familia, el deber de velar por esta conducta entre sus integrantes, fomentando valores cívicos a partir del conocimiento y veneración hacia los símbolos (Artículo 73); a los educadores, la misión de enseñar las características, significado histórico, uso y honores que se les deben conforme lo establecido en dicha Ley (Artículo 75), garantizando que los estudiantes los honren como uno de sus deberes esenciales.

Son estos preceptos fundamentales que requieren un tratamiento sistemático en los medios de comunicación comunitarios y de mayor alcance de la provincia Santiago de Cuba, como vía para la puesta en práctica de lo dispuesto en la Ley, en sus comunidades y centros escolares.

Ley No.128/2019 de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

Asimilación de la Ley de los Símbolos Nacionales

Para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades asignadas a los distintos niveles de enseñanza, referentes a lo dispuesto en la Ley de los Símbolos Nacionales, las instituciones educacionales de Santiago de Cuba implementan acciones curriculares y extracurriculares dirigidas a promover su conocimiento e inspirar veneración hacia lo que representan.

Las acciones que se implementan con este fin, tienen como base lo dispuesto en la Ley No.128/2019, así como la Resolución 71/2020: Reglamento para el uso de los símbolos nacionales en las instituciones del sistema nacional de Educación.

De acuerdo con estas normativas, los maestros, profesores, educadoras de círculos infantiles, auxiliares pedagógicos, entrenadores, instructores educativos y todas aquellas personas encargadas de la atención y educación de niños y jóvenes, están obligados a enseñarles las características, significado histórico, uso y honores a los símbolos, en correspondencia con el nivel de enseñanza donde se desempeñen y atendiendo a las capacidades de aprendizaje de cada estudiante.

En todas las instituciones educacionales de Santiago de Cuba, se rinden honores a los símbolos nacionales como parte de la dinámica escolar.

La Bandera Nacional se iza diariamente durante el periodo docente, siempre de manera vigorosa, por los alumnos u otras personas autorizadas por la dirección del centro. Al arriarse, cuando finalizan las actividades lectivas o se deterioran las condiciones atmosféricas, se hace lenta y solemnemente, cuidando que no toque el suelo, agua o cualquier objeto situado bajo ella, como continuidad de la tradición mambisa de no dejarla caer, ni siquiera cuando el jinete abanderado resultaba herido en el campo de batalla.

El Himno Nacional se entona una vez izada la bandera de la estrella solitaria, siempre con vigor ya que es un canto de combate, surgido en el fragor de la lucha por la independencia de Cuba y que llama a defender a la Patria; por ello, si alguna persona está caminando cuando lo escucha, se detiene, y si se encuentra sentada, se pone de pie y adopta la posición de atención.

En todos los centros escolares, el Escudo Nacional está visible en un lugar destacado y de honor, y situado en la pared hacia la que están orientados los pupitres o las mesas de estudio y trabajo de los estudiantes, en los locales donde se imparte la enseñanza.

Los honores y reverencias a los símbolos nacionales se enseñan siempre desde temprana edad.

En los círculos infantiles y escuelas que acogen a niñas y niños en edad preescolar, los educadores desarrollan actividades dirigidas a educar en ellos sentimientos de amor y respeto hacia los símbolos, que se evidencien en sus formas de expresarse y actuar.

En este nivel, dicho objetivo se logra a través de diferentes métodos y medios didácticos para relacionar a los infantes con la historia de su Patria y los símbolos nacionales, lo que comprende, entre otras acciones: la narración de cuentos y la lectura de obras literarias relacionadas con la lucha de los héroes y mártires, el aprendizaje de poesías referidas a los símbolos y la presentación de láminas, maquetas o fotos de lugares donde se encuentren ubicados.

En los círculos infantiles de Santiago de Cuba, como en los de todo el país, existe un sitial de honor donde rendir homenaje al Héroe Nacional José Martí, ubicado junto a la bandera de la estrella solitaria que el poeta inmortalizó en sus versos sencillos.

Conforme lo establecido en la Ley, incluir a la familia en el diseño de las estrategias destinadas al tratamiento metodológico de los contenidos relacionados con los símbolos nacionales, es esencial para garantizar el despertar temprano de una conducta de respeto y veneración consciente hacia ellos.

Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba
Ley de los Símbolos Nacionales en Santiago de Cuba

De regreso de la escuela

Los niños, adolescentes y jóvenes de Santiago de Cuba van y vuelven de la escuela por el camino del gorro frigio que se eleva en la Plaza de Marte, y aunque no es este el único camino – pues la provincia tiene sus propios trillos pisados o calles preferidas para regresar a la casa tras una jornada de nuevos aprendizajes – todos tienen en común, como una brújula en el cielo, al menos una bandera ondeando que los custodia hasta el hogar.

Diputados aprueban Ley de Símbolos Nacionales: Defensa de nuestra identidad y soberanía como nación

La Ley No.128/2019: Ley de los Símbolos Nacionales de la República de Cuba, habla de un amor incondicional: ese que ha de manifestarse en cada cubano en presencia de la bandera de la estrella solitaria y el escudo de la palma real, o cuando escucha o entona las notas del Himno de Bayamo, con lo cual se fortalece la identidad de la nación, y su historia.  

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