Por: Freddy Pérez Cabrera | internet@granma.cu
El Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, participa este domingo en la elección del gobernador y el vicegobernador de Villa Clara, proceso que se desarrolla conforme a lo regulado en la Carta Magna y la Ley Electoral de Cuba.
El Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, participa este domingo en la eleccion del gobernador y el vicegobernador de Villa Clara, proceso que se desarrolla conforme a lo regulado en la Carta Magna y la Ley Electoral de Cuba.
La Ley Electoral cubana -número 127 del 13 de julio de 2019-, establece que ambos cargos son elegidos por los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, a propuesta del Presidente de la República, por el periodo de cinco años.
El acto de votación de los delegados de Santa Clara, municipio por el que Díaz-Canel Bermúdez es diputado al Parlamento cubano, estuvo encabezado por el presidente del Consejo Electoral de este territorio y un diputado designado por el Consejo de Estado, quienes presentaron la candidatura de Alberto López Díaz y Milaxy Yanet Sánchez Armas, para los cargos de gobernador y vicegobernadora, respectivamente.
Según la Ley Electoral, el jefe de Estado tiene la prerrogativa de proponer a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular de cada provincia, los candidatos para la elección del gobernador y vicegobernador provinciales mediante el voto libre, igual, directo y secreto.
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Las Asambleas Municipales del Poder Popular de la nación caribeña, excepto la del municipio especial Isla de la Juventud, se convertirán en la fecha pactada en colegios electorales, y los delegados a esas instancias serán los encargados de elegir mediante el voto libre, igual, directo y secreto. Corresponde al presidente de la República proponer a las personas para ocupar los cargos de gobernadores y vicegobernadores, apuntó Balseiro, y acotó que de no resultar electo uno o ambos candidatos, el CEN le informará al mandatario a los efectos de la presentación de otra propuesta. “La nueva elección se realizará dentro de los 10 días siguientes”, añadió. Los actos de votación necesitan de la presencia de más de la mitad de los delegados que integran la Asamblea Municipal del Poder Popular, sin tomar en cuenta las posibles vacantes, señaló la presidenta del CEN. Agregó que de no alcanzarse esa cifra, el ente electoral municipal fijará una nueva fecha de reunión dentro de los siete días siguientes. (Con información de Cubadebate y Prensa Latina) |
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Establece. además, como requisitos ineludibles previos a este momento, que los candidatos a gobernador o vicegobernador deben haber nacido en Cuba, carecer de otra ciudadanía, tener cumplidos 30 años de edad, residir en la provincia y hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos.
El gobernador es, a su vez, el máximo responsable ejecutivo-administrativo en su provincia; de ahí que organice y dirija la Administración Provincial.
En consonancia con ese encargo, rinde cuentas e informa de su gestión ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y el Consejo Provincial.